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Guía de la Visa para Padres de Nacionales Colombianos por Nacimiento

Información esencial: requerimientos, beneficios, restricciones y costes de esta visa

  • Tipo de Visa: M.


  • Aplicable A: Extranjeros que son padres de un ciudadano colombiano por nacimiento.


  • Duración: De 1 a 3 años.


  • Requisitos Generales:


    • Copia de la página principal del pasaporte donde aparecen todos los datos del titular, el pasaporte debe tener vigencia mínima de 6 meses

    • Foto digital a color con fondo blanco de 4 centímetros de alto por 3 centímetros de ancho. Debe estar mirando de frente a la cámara y la cabeza debe salir centrada y completa. Ambos ojos deben salir abiertos y las orejas deben estar visibles. No deben salir destellos en la foto, no permitir que el cabello u otros accesorios cubran el rostro. El formato de la imagen es JPG y debe tener un tamaño máximo de 300 KB. NOTA: La foto debe ser actual, diferente a la del pasaporte, visas anteriores y solicitudes.

    • Si el aplicante se encuentra en Colombia al momento de aplicar a la visa, copia del último sello de ingreso o salida de Colombia o prorroga de permanencia o salvoconducto para solicitud de visa (lo que aplique)

    • En caso de que el aplicante inicie el proceso de visa encontrandose en su país de residencia (diferente a su país de nacionalidad) debe presentar documento de identificacíon de su país de residencia, por ejemplo: NIE, Visa, Carnet de Conducción etc.


  • Requisitos Específicos:


    • Copia Auténtica del Certificado de Nacimiento Colombiano: Proporcione una copia verdadera del certificado de nacimiento colombiano del niño. Si ambos padres son extranjeros, el certificado debe incluir una anotación que indique su validez para demostrar la nacionalidad y debe estar disponible en la base de datos de la Entidad del Registro. Si el certificado de nacimiento incluye anotaciones distintas a las relacionadas con la nacionalidad (por ejemplo, cambios de número de serie, reconocimiento paternal, cambios de nombre), se deben proporcionar los registros anteriores correspondientes.

    • Carta de Solicitud de Visa:

      • Si el niño colombiano es menor de edad, la carta debe ser firmada por el padre colombiano, indicando que el padre extranjero está cumpliendo con todas las obligaciones relacionadas. Si el padre colombiano está ausente o no puede dar su consentimiento, el solicitante de la visa debe proporcionar una certificación de una autoridad familiar competente confirmando que no hay medidas de protección o de restitución de derechos y que el padre extranjero ha estado cumpliendo con sus obligaciones.

      • Si ambos padres son extranjeros, la carta debe ser firmada por ambos padres.

      • Si el niño colombiano es mayor de edad, debe presentar una carta firmada por ellos mismos, con una firma manuscrita y una huella digital (índice o pulgar) solicitando la emisión de la visa Migrante para su padre extranjero, acompañada de una copia de la cédula de ciudadanía colombiana.

    • Documentación de Visas Anteriores: La Autoridad de Visas e Inmigración verificará que en el momento del nacimiento del menor, los padres tenían una visa que otorgaba domicilio. La Autoridad de Visas e Inmigración se abstendrá de emitir la visa si la anotación "válida para demostrar nacionalidad" presenta inconsistencias o requiere aclaración de la autoridad notarial o de registro. Si después de quince (15) días de solicitar la aclaración de la autoridad notarial no se recibe respuesta, la solicitud será inadmisible.

    • Certificado de Movimientos Migratorios: Proporcione un certificado de movimientos migratorios tanto para el padre extranjero como para el padre colombiano, emitido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

    • Prueba de Solvencia Económica: Proporcione extractos bancarios de los últimos 6 meses mostrando saldos promedio y fuentes de ingresos.


  • Beneficios de esta visa: Esta visa permite a su titular residir y realizar cualquier actividad legal en Colombia, incluido trabajar y inscribirse en el Sistema de Seguridad Social colombiano. Otro beneficio de esta visa es que al ser titular de la misma de manera continua e ininterrumpida durante 2 años, puede aplicar a la Visa de Residente por tiempo acumulado.


  • ¿Permite Trabajar en Colombia? Sí, esta visa permite trabajar en Colombia.


  • Tiempo de Procesamiento: Generalmente, de 2 a 5 semanas, pero puede variar.


  • Ubicación de la Aplicación: Se puede solicitar desde dentro de Colombia o desde el país de residencia o nacionalidad del solicitante.


  • ¿Permite Beneficiarios? Sí, esta visa permite beneficiarios, incluidos niños menores de 25 años y adultos mayores que dependen financieramente.


  • ¿Se Puede Reaplicar para Esta Visa? Sí, es posible reaplicar para esta visa.


  • Tarifas Gubernamentales para la Solicitud de Visa. Estas tarifas se cobran directamente a través de un enlace específico proporcionado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y se pueden pagar con tarjeta de crédito o débito:

    • Tarifa de Estudio de Visa: $54,92 USD.

    • Tarifa de Emisión de Visa: $195,40 USD.


  • Nuestras Tarifas: Para información detallada sobre el proceso de solicitud, incluidas las tarifas gubernamentales, nuestros costos de servicio y lo que está incluido, visite nuestra página de web dedicada a esta visa.


  • Ley aplicable: Resolución 5477 de 2022, artículo 70


  • Servicios Adicionales que Podría Necesitar:

    • Se pueden requerir apostillas y traducciones oficiales.

    • Puede ser necesario procesar movimientos migratorios tanto para el solicitante como para el nacional colombiano.


  • ¿Permite Acumular Tiempo para Residencia? Sí, para extranjeros que han permanecido en el territorio nacional como titulares de una visa Migrante (M), el tiempo de acumulación para esta visa es de 2 años.


  • Aspectos Relevantes y Preguntas Frecuentes:

    • Requisitos de la Aplicación: El solicitante debe proporcionar evidencia de la relación genuina con el nacional colombiano y prueba de la conexión familiar.

    • Lugar de Aplicación: Aunque la solicitud de visa es en línea (no hay forma de hacerlo en persona), se recomienda que esté en el lugar desde donde presentará la visa en persona. Puede aplicar mientras está en Colombia, siempre que esté en una situación regular en el país (si ha estado en Colombia por menos de 3 meses con un permiso de turista o si ha solicitado una extensión de su permiso de turista y ha estado en el país por menos de 6 meses, o si ha estado con un permiso de turista por más de 5 meses pero desea solicitar un permiso especial). También puede aplicar desde su país de nacionalidad o residencia, siempre que tenga un documento de identificación válido en ese país.

    • Certificado de Nacimiento: Proporcione una copia auténtica del certificado de nacimiento que pruebe la relación padre-hijo, emitido según las leyes del país de emisión.

    • Carta de Solicitud de Visa: Asegúrese de que la carta esté firmada por las partes relevantes como se especificó e incluya detalles necesarios y prueba de cumplimiento de las obligaciones.

    • Documentación de Visas Anteriores: La Autoridad de Visas e Inmigración verificará que en el momento del nacimiento del menor, los padres tenían una visa que otorgaba domicilio. La Autoridad no emitirá la visa si la anotación "válida para demostrar nacionalidad" es inconsistente o requiere más aclaración. Si la aclaración no se recibe dentro de los quince (15) días, la solicitud será inadmisible.

    • Certificado de Movimientos Migratorios: Obténgalo de Migración Colombia, y asegúrese de que cubra los marcos de tiempo requeridos para ambos padres.

    • Restricciones al Solicitar este Tipo de Visa: La relación debe ser genuina y legalmente reconocida. Si la relación se disuelve o se invalida, la visa se volverá inválida.

    • Regulación que Rige este Tipo de Visa: Resolución 5477 de 2022, Sección 3, Artículo 70.

    • Representación: Aunque la ley no requiere que sea representado por un abogado para este tipo de proceso, un abogado con licencia profesional colombiana válida puede representarlo mediante un poder de representación, debidamente autenticado.


  • Restricciones: Al permitir ejercer cualquier actividad lícita, esta visa no tiene restricciones


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