Tarifas de visas colombianas para 2025: Información esencial para solicitantes
13 de enero de 2025
Nota: Actualizado el 10 de febrero de 2025
Nuevas tarifas expuestas en plataforma online de Cancillería: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa/costos-medios-pago-oficinas-atencion
A pesar de encontrarnos en 2025, las tarifas para las visas colombianas se mantienen sin cambios con respecto a las establecidas en 2023. Si planea visitar o residir en Colombia, es fundamental que conozca la forma en que se calculan y cobran estas tarifas.
"La Resolución 10452 de 2023, que establece las tarifas vigentes, presenta los precios en dólares estadounidenses (USD) y euros (EUR). "Sin embargo, es importante aclarar que el sistema de la Cancillería colombiana realiza el cobro exclusivamente en pesos colombianos (COP)", explica Camila Ocampo, abogada experta en inmigración. "El monto en COP se calcula utilizando la tasa de cambio del dólar expuesto en la última resolución sobre tasas de cambio, que actualmente considera el dólar a $4.000 COP. Esto significa que los precios en EUR que aparecen en la resolución no se utilizan en la práctica".
Otro aspecto importante a tener en cuenta es que la tabla de visas de la resolución puede resultar confusa para quienes no están familiarizados con la terminología migratoria. En ella, las visas se clasifican por tipo (V, M, R, etc.), lo que puede dificultar la identificación de la visa específica que se necesita.
Para facilitar la comprensión de las tarifas, se presenta a continuación una tabla detallada con la información de cada tipo de visa y su costo en USD:
EXENCIONES EN LAS TARIFAS DE VISAS. Se aplicarán las siguientes exenciones y tarifas especiales a las tarifas de las visas:
La visa de migrante expedida a un extranjero reconocido como refugiado en Colombia, en consideración a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, firmada en Ginebra en 1951 y aprobada por la Ley 35 de 1961, estará exenta de la tarifa de visa en ambas etapas.
La tarifa que se debe pagar en la etapa de expedición de una visa de visitante para miembros de la tripulación del barco estará exenta para aquellos miembros de embarcaciones pesqueras cuya actividad se lleve a cabo en las áreas que rodean San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1203 de 2008, la tarifa correspondiente a la etapa de expedición de la visa para ciudadanos ecuatorianos será gratuita. La tarifa que se debe pagar en la etapa de estudio será de veintitrés (23) euros si se solicita en la zona euro y Cuba, y de treinta (30) dólares estadounidenses si se solicita en el resto del mundo.
Los nacionales de Japón y la República de Corea solo pagarán la tarifa correspondiente a la etapa de estudio de la solicitud, que será la correspondiente a la clase y/o tipo de visa solicitada.
Los nacionales de la República del Perú, que se establezcan en las cuencas de los ríos Amazonas y Putumayo, solo pagarán la tarifa correspondiente a la etapa de estudio de la solicitud, que será la correspondiente a la clase y/o tipo de visa solicitada.
Los nacionales del Estado Plurinacional de Bolivia solo pagarán el valor correspondiente a la etapa de estudio de solicitud de las visas de visitante o migrante autorizadas exclusivamente para realizar actividades en el marco de un programa de formación académica, que corresponderá a doce (12) euros si se solicita en la zona euro y Cuba, y dieciséis (16) dólares de los Estados Unidos de América si se solicita en el resto del mundo.
La tarifa que se debe pagar en la etapa de estudio de una visa de visitante solicitada exclusivamente para realizar actividades en el marco de un programa de formación académica será de doce (12) euros si se solicita en la zona euro y Cuba, y dieciséis (16) dólares de los Estados Unidos de América si se solicita en el resto del mundo. La tarifa que se debe pagar en la etapa de expedición será de diecisiete (17) euros si se solicita en la zona euro y Cuba, y de veintiún (21) dólares de los Estados Unidos de América si se solicita en el resto del mundo.
La tarifa que se debe pagar en la etapa de expedición de una visa tipo "V" en la categoría de turista o para tránsito aeroportuario será de cuarenta (40) euros si se solicita en la zona euro y Cuba, y de cincuenta y dos (52) dólares de los Estados Unidos de América si se solicita en el resto del mundo. El valor correspondiente a la etapa de estudio de la solicitud será el correspondiente a la clase de visa solicitada.
El estudio de la solicitud y la expedición de una visa de cortesía tipo "V" y una visa de trabajo y vacaciones tipo V, acordados por Colombia con otros Estados a través de tratados vigentes, serán gratuitos.
El valor correspondiente a las etapas de estudio y expedición de la visa para ciudadanos españoles será gratuito.
Para obtener información detallada sobre los requisitos y el proceso de solicitud de cada tipo de visa, puede consultar las guías disponibles en https://www.abogadosdemigracion.com.co/visas-para-colombia